FSC-CCOO Ferroviario | 2 agosto 2025.

Novedades en el permiso de por nacimiento y cuidado de menores

  • El pasado 29 de julio se aprobó en Consejo de Ministros, el Real Decreto-ley 9/2025 por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, para completar la transposición de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. La norma vendría a modificar el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleador Público (EBEP) y la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
  • Desde el Sector Ferroviario de CCOO valoramos positivamente esta ampliación de los permisos de nacimiento y cuidado, así como el reconocimiento específico a las familias monoparentales y seguiremos trabajando para que estos derechos se garanticen en todos los centros de trabajo sin obstáculos ni discriminaciones

31/07/2025.
Permisopor nacimiento y cuidado de menores

Permisopor nacimiento y cuidado de menores

El pasado 29 de julio se aprobó en Consejo de Ministros, el Real Decreto-ley 9/2025 por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, para completar la transposición de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. La norma vendría a modificar el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleador Público (EBEP) y la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). 

A continuación, exponemos las claves del Real Decreto-ley que entra en vigor con fecha 31 de julio de 2025.

Se amplia de 16 a 19 semanas el permiso por nacimiento y cuidado del menor regulado en los artículos 48.4 y 48.5 del Estatuto de los Trabajadores. De esta manera cada progenitor disfrutará de 3 semanas más de permiso por nacimiento y cuidado del menor. 

Se disfrutará de la siguiente manera:

- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas después del parto.

- 11 semanas a distribuir en periodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses.

- 2 semanas adicionales retribuidas al 100% en periodos semanales acumulados o interrumpidas hasta que el menor cumpla 8 años (para nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024). Tanto el disfrute como la prestación de estas 2 semanas podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

Para las familias monoparentales el permiso también se ha incrementado a 32 semanas reconociendo el ejercicio de los roles de ambos progenitores en una sola persona. En este caso el permiso se disfrutará de la siguiente manera:

- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas después del parto.

- 22 semanas a distribuir en periodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses.

- 4 semanas adicionales retribuidas al 100% en periodos semanales acumulados o interrumpidas hasta que el menor cumpla 8 años. 

En lo referente al Permiso parental de 8 semanas regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto-ley 9/2025 no ha introducido ninguna modificación, por lo que el disfrute de las 8 semanas sin retribuir continúa vigente y podrá disfrutarse por periodos semanales e interrumpidos hasta que el menor cumpla 8 años, como se venía haciendo hasta ahora.

Desde el Sector Ferroviario de CCOO valoramos positivamente esta ampliación de los permisos de nacimiento y cuidado, así como el reconocimiento específico a las familias monoparentales. Esta medida supone un avance real en la conciliación de la vida laboral y familiar, alineándose con las exigencias europeas y con una reivindicación histórica de nuestro sindicato.

Seguiremos trabajando para que estos derechos se garanticen en todos los centros de trabajo sin obstáculos ni discriminaciones en su aplicación.