FSC-CCOO Ferroviario | 16 octubre 2024.

Una buena herramienta para garantizar la igualdad LGTBI+ en la empresa a través de la negociación colectiva

  • CCOO celebra la aprobación del Real Decreto que regula las medidas para la igualdad y la no discriminación LGTBI en el ámbito laboral

09/10/2024.
Organiza tu orgullo

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CCOO se felicita por la aprobación en el Consejo de Ministros del Real Decreto que desarrolla el artículo 15 de la Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de las personas LGTBI, que se esperaba desde hace meses. Gracias a esta norma, fruto de un acuerdo tripartito en el seno del Diálogo Social, las personas LGTBI+ podrán sentirse más seguras y respaldadas en los centros de trabajo.

La norma estipula que las medidas sean obligatorias para las empresas de más de 50 personas trabajadoras y abarquen, al menos, las siguientes materias: igualdad de trato y no discriminación; acceso al empleo, clasificación y promoción profesional; formación, sensibilización y lenguaje y la revisión de los permisos y beneficios sociales para que éstos sean inclusivos. Todas ellas serán abordadas en el marco de la negociación colectiva, tal y como venía reclamando CCOO, lo que supone una manera de garantizar que estas respondan a las realidades de los diferentes sectores y empresas, y se ajusten a las necesidades de cada uno de ellos. Asimismo, se incluye la obligación de negociar un protocolo frente a situaciones de acoso LGTBIfóbico.

En CCOO somos conscientes de la necesidad de negociar e implementar estas medidas cuanto antes para proteger a todas las personas de cualquier discriminación por motivos de orientación, identidad sexual o expresión de género, y estamos comprometidas y comprometidos con el esfuerzo que supondrá su negociación e introducción en los convenios. Para ello estamos desarrollando propuestas que puedan servir de apoyo en nuestra organización, así como un plan formativo que esperamos que pueda llegar a cientos de representantes y hacer así el proceso más ágil.

Según se establece, la constitución de la mesa negociadora debe producirse dentro del plazo máximo de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del Real Decreto o, en su caso, del momento en que las empresas alcancen el número de personas de plantilla que lo hacen obligatorio. Una vez iniciado el procedimiento de negociación de las medidas planificadas se cuenta con un plazo de tres meses para alcanzar un acuerdo, de tal manera que este 2025 las empresas afectadas deberían implementar ya las medidas que emanen de la negociación.

Se trata, por tanto de una buena noticia para las personas LGTBI+, un avance normativo y una buena herramienta que, desde la responsabilidad y compromiso sindical, trasladaremos a los centros de trabajo.