FSC-CCOO Ferroviario | 20 abril 2024.

Se reanuda la negociación sobre el trabajo a distancia en Adif y Adif AV

  • Reivindicamos un acuerdo en consonancia con los firmados para la Administración General del Estado o como el RD 28/2020

29/04/2021.
Trabajo a distancia.

Trabajo a distancia.

Tras el comunicado de CCOO del pasado 30 de marzo en el que se ponía de manifiesto la parálisis negociadora sobre el trabajo a distancia y la escasa voluntad de una parte de la empresa de adaptarse al siglo XXI, estableciendo un acuerdo regulador sobre esta modalidad que no fuera un mero brindis al sol ni planteara el trabajo no presencial como algo meramente residual, con fecha 28 de abril se ha reanudado la negociación sobre el mismo, con el análisis de un nuevo borrador presentado por la empresa (que se adjunta), y que, a pesar de ciertos avances sobre el último, continúa con carencias y faltas de concreción que CCOO ha puesto de manifiesto a lo largo de la reunión (telemática, por cierto):

  • La necesidad de referencia en el Preámbulo al reciente Acuerdo entre el Ministerio de Función Pública y los sindicatos más representativos para el desarrollo del Teletrabajo en la Administración General del Estado, que hace que el Acuerdo de Adif deba seguir las coordenadas del general, y, en ningún caso, regular por debajo de este.
  • La necesidad de información y participación de la representación del personal, a través de la comisión de seguimiento, en diversas cuestiones: determinación de puestos, entradas y salidas, conocimiento de la evolución del programa, etc.
  • La eliminación del requisito de tener cuatro años en la empresa para solicitar la prestación del servicio en la modalidad de trabajo a distancia, puesto que el Acuerdo con el Ministerio sitúa la antigüedad en el puesto en un año.
  • Lo desproporcionado del requisito de haber estado percibiendo de manera continuada durante cuatro años la indemnización por jornada partida para seguir percibiéndola con el trabajo a distancia. Se puede llegar a entender el argumento de la empresa de consolidar solo aquellas jornadas partidas cobradas con asiduidad, pero cuatro años son, a todas luces, excesivos.
  • En cuanto a los medios técnicos, el borrador no pasa de una mera declaración de intenciones, sin concreción alguna, con plazos excesivamente largos, y sin una dotación de medios comparable a las acordadas o legisladas hasta ahora con carácter general. Del mismo modo, tampoco se hace ninguna referencia a qué pasa en caso de avería de los equipos, más allá de la referencia al auxilio telefónico.
  • En seguridad y salud laborales, todo se centra en identificación de riesgos y formación. Pilares importantísimos, sin duda, pero entre los que no encontramos la evaluación de riesgos del puesto de trabajo, que en este caso coincidiría con el hogar o con cualquier otra ubicación particular de la persona trabajadora. Esta evaluación de riesgos debe incluirse como una opción (voluntaria, puesto que estamos hablando de domicilios particulares) a la que pueda acogerse quien hace teletrabajo, con todas las garantías de cualquier otra evaluación.
  • Igualmente, y por último, el redactado actual de la desconexión digital se queda en la declaración de intenciones, sin precisar garantías sobre la duración de la jornada.

En definitiva, un paso adelante en el trabajo a distancia, pero todavía corto para llegar al acuerdo que desea todo el personal de Adif y de Adif AV susceptible de acogerse a esta modalidad: un acuerdo en consonancia con los firmados para la Administración General de Estado o como el RD 28/2020. Adif y Adif AV pueden ser de las primeras grandes empresas de este país en implantar una regulación del trabajo a distancia acorde con los tiempos que corren y ponerse en cabeza de la modernización productiva de este país. Queremos creer que la Dirección de las Empresas está por la labor. CCOO, desde luego, lo está, y trabajará denodadamente para un acuerdo rápido, amplio y con las debidas garantías.