FSC-CCOO Ferroviario | 29 marzo 2024.

Renfe debe abonar a las y los operadores de ingreso el incremento lineal del 0,25% de la masa salarial de 2018

  • El fallo de la Audiencia Nacional da la razón a CCOO y condena a Renfe ingresar al personal del subgrupo profesional la diferencia entre lo percibido por dicho concepto en la nómina de agosto y los 56,40 euros que se han abonado al resto de la plantilla, y condena además a la empresa a que tales incrementos queden incluidos a futuro de manera consolidada.

21/08/2020.
La Audiencia Nacional da la razón a CCOO

La Audiencia Nacional da la razón a CCOO

La Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo del Grupo RENFE acordó la aplicación del incremento del 0,25% de la masa salarial de 2018, en concepto de fondos adicionales. Ante la nula intención, por parte de la dirección, de abonar a la totalidad de la plantilla esta cantidad, CCOO, en septiembre de 2019, interpuso Conflicto Colectivo para exigir que se abonará correctamente a todas y todos los trabajadores de la empresa las cantidades acordadas.

La empresa y CCOO, en el Acto de Conciliación celebrado el día 16 de enero de 2020, alcanzaron un acuerdo en el que el Grupo RENFE se comprometía a “abonar a los operadores de ingreso el incremento adicional del 0,25% de la masa salarial de 2018 para el ejercicio 2019 ingresándoles la diferencia entre lo percibido por dicho concepto en la nómina de agosto y los 56,40 euros que se han abonado al resto de la plantilla.”

La empresa dio por saldado este acuerdo con el abono en la nómina del pasado mes de enero de las diferencias correspondientes a la mencionada nómina de agosto de 2019, pero no rectificó las Tablas Salariales y, por tanto, mantuvo las reducciones del 15% y el 30% sobre los 56,40 euros para los operadores de ingreso, lo que ha supuesto que las pagas extraordinarias devengadas a partir de agosto de 2019 sigan sin recoger el “incremento lineal” reclamado por CCOO.

Ante esta decisión empresarial, volvimos a interponer Conflicto Colectivo en el mes de febrero para demandar que, no solo se abonara la cantidad correspondiente a la nómina de agosto de 2019, sino que esos incrementos se consoliden en las Tablas Salariales.

Como resultado de esta demanda, el pasado 24 de julio, la Audiencia Nacional emitió fallo estimatorio de nuestras pretensiones, es decir, condena a Renfe a abonar a todo el personal del subgrupo profesional de operador de ingreso, la diferencia entre lo abonado en nómina de diciembre de 2019 y los 56,40€ abonados al resto, y condena a Renfe a que tales incrementos queden incluidos a futuro de manera consolidada.

Aunque contra esta sentencia cabe Recurso de Casación, en el momento que ésta adquiera firmeza, supone que, en estos momentos, además de la paga extraordinaria de diciembre de 2019, también está pendiente de regularizar la paga extraordinaria abonada en nómina de junio de 2020.

Esperamos que la Dirección del Grupo RENFE de muestras de buena disposición para solucionar, de una vez por todas, este asunto y no haga uso del derecho del Recurso de Casación que le otorga la Audiencia Nacional, ya que eso sería alargar en el tiempo una fuente de malestar entre los subgrupos profesionales más desfavorecidos.

Desde CCOO instamos a la empresa a que regularice, a la mayor brevedad posible, esta discriminación y, en aras de un buen clima laboral y mostrando un talante negociador, convoque los órganos competentes para regularizar las Tablas Salariales de 2019 y 2020, dando cumplimiento a esta sentencia y concluyendo así este motivo de conflicto.