FSC-CCOO Ferroviario | 3 abril 2025.

Nuevos pluses a abonar en vacaciones en Logirail

  • La Audiencia Nacional aplica la doctrina creada por el Tribunal Supremo que sigue la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y obliga a la empresa a abonar durante el período de vacaciones los conceptos de nocturnidad y trabajo en sábados, domingos y festivos, a aquellas personas trabajadoras que efectúen trabajo a turnos.

28/03/2025.
Nuevos pluses a abonar a Logirail

Nuevos pluses a abonar a Logirail

Nuevo golpe a Logirail por parte de la Audiencia Nacional. La Audiencia Nacional aplica la doctrina creada por el Tribunal Supremo (STS de 20-12.2022, rco 27/2021) que sigue la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y obliga a la empresa a abonar durante el período de vacaciones los conceptos de nocturnidad y trabajo en sábados, domingos y festivos, a aquellas personas trabajadoras que efectúen trabajo a turnos.

La Audiencia Nacional recuerda que la naturaleza de conceptos fluctuantes no implica que su abono sea únicamente casual. Si bien, estos conceptos sólo se abonan cuando se realiza de forma efectiva el trabajo, pero cuando se abonan de forma usual y NO DE FORMA CASUAL, dichos conceptos deben formar también parte del abono en vacaciones en la cuantía en que los vienen percibiendo en los meses anteriores. Esta situación es precisamente la de las personas trabajadoras a turnos, que vienen realizando de forma rotativa trabajos en turnos de mañana, tarde y noche durante todos los días del año. 

De esta forma, Logirail se ve obligada nuevamente a adaptar sus retribuciones al marco legal vigente. Celebramos este logro para las personas trabajadoras, pero lamentamos que tenga que ser vía judicial y no por vía de la negociación colectiva, al igual que otro sinfín de complementos, la razón que haga que una empresa PÚBLICA adapte los salarios de las personas trabajadoras a los mínimos establecidos por el Salario Mínimo Interprofesional. Recordamos que la subida del SMI se aplicó en esta empresa 24 horas antes de que se celebrase el juicio que denunciaba que sus salarios se encontraban por debajo de este límite. 

Con este nuevo golpe, esperamos que la Dirección de la empresa tome conciencia de que es, una empresa PÚBLICA, y que debe comportarse como tal y actuar como mínimo dentro de los límites marcados por la legalidad vigente, sin necesidad de acudir, una y otra vez, a los tribunales para que respeten los derechos de las personas trabajadoras y abonen lo que las normas jurídicas y la jurisprudencia les reconoce. 

Esperamos que a las trabajadoras y trabajadores les sea reguladas las cantidades a la mayor prontitud, y no se vean obligados a acudir nuevamente a los Tribunales a reclamar lo que por derecho les pertenece.