FSC-CCOO Ferroviario | 25 abril 2025.

Adif abonará los trienios del personal de Tropa y Marinería

  • La empresa va a proceder a abonar a las personas procedentes de tropa y marinería a partir de la nómina de febrero los trienios que les corresponden por su antigüedad como militares profesionales en situación de reservistas de especial disponibilidad y a regularizar y abonar los atrasos de las nóminas precedentes
  • Nos congratulamos, pues, de esta decisión de la empresa, que no debía haberse hecho esperar tanto, y estaremos pendientes a que se confirme en la próxima nómina sin mayores problemas

08/02/2025.
Abono y regulación en nómina de atrasos

Abono y regulación en nómina de atrasos

Tal como pudimos adelantar en tiempo real a nuestra afiliación afectada procedente de tropa y marinería, la empresa por fin va a proceder a abonar a partir de la nómina de febrero los trienios que les corresponden por su antigüedad como militares profesionales en situación de reservistas de especial disponibilidad. 

En dicha nómina, además, se les regularizarán y abonarán los atrasos de las nóminas precedentes, que hasta ahora la empresa no venía pagando, bajo el argumento de que era una situación a estudiar. 

Para CCOO, tal como se ha venido exponiendo en las gestiones llevadas a cabo para el abono de este concepto, la necesidad de este abono era un hecho claro, tal y como recogió la Sentencia 469/2024 del Tribunal Supremo, punto segundo apartado 3, en la que se estableció que:

 “Dado que ambos colectivos -militares profesionales de tropa y marinería con compromiso de larga duración y reservistas de especial disponibilidad- son destinatarios de la Oferta Pública de Empleo, les resulta de aplicación la DA 29ª 2 de la Ley 6/2008, lo que determina que tengan derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de la celebración del contrato con la ahora recurrente, el complemento de antigüedad en la misma cuantía que se viniera percibiendo en el Departamento ministerial, Organismo Público , sociedad, fundación o consorcio de procedencia.

En el caso de los reservistas, obviamente, hay que estar a lo que percibieran, no como reservista (la asignación de 7.200 euros anuales) sino como militar profesional de tropa y marinería. Téngase en cuenta que para el paso a reservista se exige tener cumplidos, al menos, 18 años de servicios (art. 17.1 Ley 8/2006)”. 

El texto de esta sentencia, referido al personal del Grupo Renfe, había sido objeto de conciliación para el personal de Adif, en los términos de ceñirse a lo que dictaminara el Tribunal Supremo, por lo que no cabía ninguna duda sobre la pertinencia del abono correspondiente, tal y como ahora, por fin Adif ha reconocido factualmente procediendo a regularizar la antigüedad no retribuida.

Nos congratulamos, pues, de esta decisión de la empresa, que no debía haberse hecho esperar tanto, y estaremos pendientes a que se confirme en la próxima nómina sin mayores problemas.