FSC-CCOO Ferroviario | 16 julio 2024.

orgullo 2024

Comisión de seguimiento de la jubilación parcial en Adif-Adif AV

  • En la reunión de hoy la empresa ha informado de las personas que han firmado y de las que van a firmar el contrato de jubilación parcial, y de la afectación del acuerdo de las 1536 horas anuales

25/06/2024.
Jubilación parcial

Jubilación parcial

En la reunión de la Comisión de Seguimiento de la Jubilación Parcial de Adif y Adif AV 2024 celebrada hoy, 25 de junio, la empresa ha informado que:

·         Han sido 34 las personas jubiladas parciales de Adif y 1 de Adif AV las que firmaron contrato a jornada parcial con fecha de 3 de junio de 2024, cuyos relevistas son de la OEP 2023, convocatoria de Técnico.

·         Han sido 153 las personas jubiladas parciales de Adif las que han firmado contrato a jornada parcial con fecha 24 de junio de 2024, cuyos relevistas son de la OEP 2023, convocatoria de Cuadro Técnico.

·         El listado único de jubilados parciales de Adif se ha quedado en el puesto 210 (último contrato).

·         Está previsto que los 445 jubilados parciales pendientes puedan firmar contrato a jornada parcial el 9 de septiembre de 2024, cuyos relevistas serán de la OEP 2023, convocatoria de Personal Operativo.

Aplicación de las 35 horas a las personas con jubilación parcial: 

·  La distribución de la jornada diaria en el periodo de prestación de servicio de las personas con jubilación parcial será conforme al acuerdo de reducción de jornada a 1536 horas anuales firmado el pasado 14 de junio de 2024 del mismo modo que al resto del personal, sin perjuicio de que, en su caso, si les quedaran finalmente días pendientes de disfrutar puedan reducir su periodo de actividad. 

·  Los días de reducción de jornada (1536 horas anuales) que la empresa debe desde el 3 de julio de 2023, se compensarán conforme al acuerdo firmado, es decir, se descontarán de los días de prestación efectiva de servicio que debe realizar la persona jubilada parcial.

Asimismo, está previsto que a las personas que hayan causado baja en la empresa por jubilación total y las personas jubiladas parciales que hayan finalizado la prestación efectiva de servicio, y estén afectadas por la retroactividad está previsto que se les pueda abonar la parte que les corresponda en la próxima nómina de julio o por transferencia bancaria. 

CCOO, como firmante del acuerdo, velará para su correcto funcionamiento, si tenéis alguna duda acudid a la sección sindical de CCOO de vuestra provincia.