FSC-CCOO Ferroviario | 19 abril 2024.

Supresión copia destinada a la empresa de los partes médicos de baja, confirmación y alta en ADIF y ADIF AV

  • El Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, entre otras medidas, elimina la copia destinada al empresario que se entregaba a la persona trabajadora del modelo de los partes médicos de baja, confirmación y alta de incapacidad temporal

23/03/2023.
Baja Médica

Baja Médica

Nos comunican desde  la Dirección General de Gestión de Personas de Adif y Adif AV,  como actuar ante una novedad normativa en materia de gestión de los procesos de incapacidad temporal.

El Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, desarrollado por la Orden ISM/2/2023, de 11 de enero, introduce modificaciones en la gestión de la incapacidad temporal y, entre otras medidas, elimina la copia destinada al empresario que se entregaba a la persona trabajadora del modelo de los partes médicos de baja, confirmación y alta de incapacidad temporal; razón por la que a partir del 1 de abril del corriente, la persona trabajadora NO tendrá que hacer entrega a la empresa de estos modelos físicos de partes de baja, confirmación y alta. 

A partir de esa fecha, será el INSS quien facilitará esta información a la empresa a través de un fichero telemático, que se recibirá con algún tiempo de decalaje y que se vinculará al SAP.

No obstante, conforme la normativa laboral y el deber de buena fe y diligencia, la persona trabajadora deberá comunicar al jefe respectivo que se ha causado baja como máximo en las dos primeras horas de la jornada o turno en que la causen, ya que se mantiene la necesidad de que la persona trabajadora de conocimiento puntual a la empresa en la inmediatez posible de que ha causado baja, así como de la fecha de reincorporación al trabajo, al objeto de que pueda reorganizarse el servicio.

Si necesitáis alguna aclaración al respecto acudir a las secciones sindicales de CCOO de vuestra provincia.