FSC-CCOO Ferroviario | 14 agosto 2026.

Publicado el XXIV Convenio Colectivo de Contratas Ferroviarias

  • Regula y actualiza las mejoras adquiridas en el seno de la mesa negociadora
  • Las respectivas empresas deber谩n abonar, en la pr贸xima n贸mina, los atrasos correspondientes al 1% de incremento salarial desde el pasado 1 de enero de 2026
  • CCOO seguir谩 velando y siendo garante del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y continuar谩 en la lucha de los derechos de las personas trabajadoras de Contratas Ferroviarias

05/08/2026.
Contratas ferroviarias de limpieza

Contratas ferroviarias de limpieza

Llegó el día en que, tras alcanzar el acuerdo y dos requerimientos del REGCON (organismo encargado de Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad en España) por fin subsanados, se ha procedido al registro y publicación del XXIV CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE CONTRATAS FERROVIARIAS en el Boletín Oficial del Estado.

Este convenio colectivo regula y actualiza las mejoras adquiridas en el seno de la mesa negociadora.

Informamos a todas las personas trabajadoras afectadas que las respectivas empresas que prestan servicio en el ámbito de las Contratas Ferroviarias deberán abonar, en la próxima nómina, los atrasos correspondientes al 1% de incremento salarial desde el pasado 1 de enero de 2026.

Entre las mejoras del convenio colectivo destacamos las siguientes:

·       Incremento salarial: 

• Año 2026: 1%.

• Año 2027: 3%.

• Año 2028: 3%.

• Año 2029: 4%.

·       Se establece una cláusula de revisión salarial en lo que exceda del IPC del período 2026-2029 a partir del 12%, y con un límite del 2%, que será de aplicación en la tabla salarial del año 2030, sin abono de atrasos.  

·       El incremento económico será en todos los conceptos, a excepción de las dietas y kilometraje. 

·       Se crea el Plus Actividad, que se abonará semestralmente, para aquellas personas trabajadoras que trabajen en zonas operativas ferroviarias afectadas por condiciones adversas. 

El abono será de:

o   Año 2027: 0,25 euros/día efectivo.

o   Año 2028: 0,50 euros/día efectivo.

o   Año 2029: 0,50 euros/día efectivo.

·       En las Licencias Retribuidas se extrapola el texto del RDL 5/2023, manteniendo las mejoras obtenidas en Contratas Ferroviarias.

·       Obligación de aceptación de la solicitud de Jubilación Parcial, quien cumpla las condiciones.

·       Jubilación forzosa a los 68 años si concurren los requisitos establecidos.

·       Se estable la contratación de un seguro a partir del año 2027 (durante el 2026 se mantienen los valores actuales) por un capital de 25.000 € por incapacidad permanente total para la profesión habitual o por incapacidad absoluta y de 29.000€ por gran incapacidad o fallecimiento.

Desde CCOO, celebramos la culminación de un trabajo afrontado desde la responsabilidad y la confianza depositada por miles de personas trabajadoras que eligieron a esta organización como una garantía de progreso.

Ahora se abre un escenario en el que CCOO seguirá velando y siendo garante del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y continuará en la lucha de los derechos de las personas trabajadoras de CCFF.

Para cualquier aclaración o información del nuevo convenio, estamos a vuestra disposición en las distintas secciones sindicales de CCOO en todo el territorio.