FSC-CCOO Ferroviario | 17 junio 2026.

El Tribunal Supremo estima el recurso de CCOO y declara el derecho de los OCEN2 de los CGC y CIC a percibir la clave 468

  • Su sistema retributivo depende igualmente de la actividad comercial de las estaciones
  • Estaremos vigilantes para comprobar que la empresa abona estas cantidades con los correspondientes atrasos

07/05/2026.
Dinero.

Dinero.

Desde CCOO celebramos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo haya estimado nuestro recurso de casación y, en consecuencia, declare el derecho de los Operadores Comerciales Especializados N2 en los Centros de Gestión y Control (CGC) y Centros de Información y Control de Cercanías (CIC) a percibir la Prima de Recaudación (Clave 468) conforme al acuerdo de desconvocatoria de huelga de 26 de octubre de 2022.

El Tribunal Supremo revoca el fallo de la Audiencia Nacional dando la razón a la posición mantenida por CCOO y deja claro que este acuerdo debía aplicarse a todo el colectivo comercial afectado por la disminución de la recaudación por la implantación de los abonos gratuitos.

La sentencia reconoce que el personal de los CGC y CIC, aunque no realicen venta directa de billetes, desempeña funciones esenciales de atención indirecta y resolución de incidencias, y que su sistema retributivo depende igualmente de la actividad comercial de las estaciones.

Con esta Sentencia, el Alto Tribunal corrige el criterio mantenido hasta ahora por RENFE y, anulando la resolución de la Audiencia Nacional, obliga a la empresa a regularizar y garantizar que este colectivo perciba la Clave 468 en igualdad de condiciones que el resto del personal comercial.

Estaremos vigilantes para comprobar que la empresa abona estas cantidades con los correspondientes atrasos en cumplimiento del fallo judicial e invitamos a las compañeras y compañeros afectados a que permanezcan atentos y contacten con sus representantes sindicales en caso de que no perciban esta regularización.