FSC-CCOO Ferroviario | 13 febrero 2025.

SERVEO impone a su plantilla una interpretación ilegal de los permisos retribuidos [art. 37.3.b) ET]

  • CCOO, junto con el resto de sindicatos que representan a la plantilla de SERVEO, ha tenido que dar un paso al frente y demandar a la empresa ante la Audiencia Nacional por su interpretación abusiva y restrictiva de los permisos retribuidos recogidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, en particular, los que se refieren al cuidado de familiares o convivientes
  • Este tipo de actitudes no sólo ponen de manifiesto la mala fe empresarial, sino que perpetúan la brecha de género, al cargar, una vez más, sobre las mujeres la mayor parte de las responsabilidades de cuidado familiar

29/01/2025.
Derechos de conciliación y corresponsabilidad

Derechos de conciliación y corresponsabilidad

CCOO, junto con el resto de sindicatos que representan a la plantilla de SERVEO, ha tenido que dar un paso al frente y demandar a la empresa ante la Audiencia Nacional por su interpretación abusiva y restrictiva de los permisos retribuidos recogidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, en particular, los que se refieren al cuidado de familiares o convivientes.

La empresa, de forma completamente arbitraria, exige a las personas trabajadoras que solicitan este permiso que acrediten, no sólo la relación de parentesco, sino también la situación de convivencia y la condición de cuidador principal de la persona que precisa la atención por parte del familiar o conviviente.

El propio juez, antes de celebrar el juicio, ha instado a la empresa a conciliar, explicando claramente que para disfrutar de los permisos retribuidos del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, la empresa únicamente necesitaría que la persona trabajadora acredite la relación con el conviviente, pero no es necesario ningún trámite adicional cuando se trata de parientes consanguíneos hasta el segundo grado. 

Sin embargo, SERVEO sigue poniendo trabas injustificadas, como exigir que el certificado médico de alta hospitalaria o reposo domiciliario incluya expresamente que el trabajador es el cuidador principal. Esta práctica es completamente arbitraria y supone un obstáculo injustificado para que los trabajadores puedan ejercer un derecho reconocido por la ley.

Por si esto fuera poco, en el caso del permiso de hospitalización, la empresa lo restringe únicamente al período de ingreso hospitalario, negando el derecho a los trabajadores a disfrutar del permiso cuando el familiar requiere reposo domiciliario, a pesar de que la normativa y la jurisprudencia reconocen expresamente esta posibilidad. Asimismo, la empresa impone que el permiso comience obligatoriamente el mismo día del ingreso hospitalario, impidiendo que los trabajadores elijan una fecha posterior para ejercer su derecho en función de sus necesidades de conciliación.

Este tipo de actitudes no sólo ponen de manifiesto la mala fe empresarial, sino que perpetúan la brecha de género, al cargar, una vez más, sobre las mujeres la mayor parte de las responsabilidades de cuidado familiar.

SERVEO se ha mantenido en una postura intransigente, forzándonos a acudir a los tribunales para reclamar algo tan básico como el respeto a los derechos laborales de su plantilla.

Desde CCOO reafirmamos nuestro compromiso de luchar por los derechos de todas las personas trabajadoras y exigimos a SERVEO que respete la normativa laboral vigente y las resoluciones judiciales que avalan una interpretación más justa y equilibrada de los permisos retribuidos.