FSC-CCOO Ferroviario | 18 abril 2024.

CCOO reclama que el permiso parental que recoge la Ley de Familias sea remunerado

    30/11/2022.
    Premiso parental

    Premiso parental

    La Directiva Europea relativa a la Conciliación de la vida familiar y profesional no quedará debidamente traspuesta sin reconocer el derecho de retribución o el derecho a una prestación del permiso parental

    CCOO considera que  la Ley de Familias, aunque recoge algunos avances positivos, pierde la oportunidad de abordar de forma integral las políticas de conciliación de la vida familiar  y profesional, y dotarnos de medidas eficaces para promover la necesaria conciliación y corresponsabilidad, así como la protección del ejercicio de todos los derechos acorde a la dimensión constitucional que tienen los mismos.

    El  Gobierno decidió que la transposición de la Directiva del Parlamento Europeo  y del Consejo  del 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y de la vida profesional  de los progenitores  y los cuidadores, se hiciera a través de la Ley de Familias. Tal y como se recoge en el borrador que hemos podido conocer a través de los medios de comunicación, la trasposición no cumple con el mandato de la Directiva, de forma especial en la regulación del permiso parental. La Directiva insta a los Estados miembros a garantizar este permiso como un derecho individual a disfrutar antes de que la hija o el hijo cumpla los 8 años. Este permiso no puede ser inferior a 4 meses por cada uno de los progenitores y además  determina que este permiso, que deberá de tener en cuenta a los interlocutores sociales para su regulación, deberá de ir acompañado de una remuneración o prestación económica.

    El borrador conocido establece un permiso parental, para el cuidado de hijas e hijos, o menor acogido por tiempo superior a un año, de 8 semanas hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, pero no conlleva remuneración ni prestación alguna,  y se establece sin consulta ni negociación con los interlocutores sociales en contra de lo dispuesto en la citada Directiva.

    CCOO considera que esta regulación no garantiza el permiso parental, sino que estamos ante una suspensión del contrato de trabajo sin ningún tipo de derechos. No solo carece de acompañamiento económico sino que además no asegura el mantenimiento de alta y cotización  en la seguridad social, ni ningún tipo de derechos lo que, en la práctica, inhabilita el permiso.

    Para este sindicato es necesario darle el tratamiento de permiso retribuido, porque la Directiva no quedará debidamente traspuesta sin reconocer el derecho de retribución o el derecho a una prestación.

    La negativa del Gobierno a cumplir con la obligación de trasponer esta importante Directiva, supone perpetuar la imputación del coste de la conciliación al ámbito familiar y de forma especial en las mujeres, frenando el necesario avance hacia la corresponsabilidad, el reparto igualitario de las responsabilidades de los cuidados, así como la participación en el mercado de trabajo en igualdad de condiciones. 

    Estas medidas deberían tener en cuenta los cambios demográficos, incluidos los efectos del envejecimiento de la población  y de nuevo en este campo se pierde también una oportunidad.